Edición 384 - OCTUBRE 2011


Visiones obtusas

La historia sigue siendo la misma: una nueva provincia que prohíbe la minería, y un senador que presenta un nuevo proyecto para la prohibición de la actividad minera a cielo abierto.

Una historia ya conocida, que no nos debería sorprender porque desgraciadamente ya estamos acostumbrados (para mal) a ello, pero que requiere de que las luces de alarma dentro del sector minero estén más encendidas que nunca.

En Tierra del Fuego, la provincia más austral de nuestro país, ha entrado en vigencia la Ley N° 853, por la cual se prohíbe “la explotación de minerales metalíferos con la modalidad a cielo abierto”, y “la prohibición de cianuro y otras sustancias en la explotación de los recursos minerales metalíferos.” De esta forma, Tierra del Fuego se ha sumado al “selecto” grupo de provincias antimineras, conformado por Chubut, Río Negro, Mendoza, Tucumán, San Luis y Córdoba.

El proyecto de Ley del Senador radical por la provincia de Corrientes, Eugenio “Nito” Artaza, prohibiendo “la minería metalífera a cielo abierto y la exploración o explotación de uranio y torio bajo cualquiera de sus formas” y “el uso de cianuro, cianuro de sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ….y toda otra sustancia química contaminante, tóxica y/o peligrosa incluida en el Anexo I de la Ley Nacional N° 24.051” puede llegar a ser interpretado como el deseo del cuidado del medioambiente, algo que nadie niega, porque la preservación del mismo, y del más preciado recurso que posee el ser humano, que es el agua, está fuera de discusión.

Si es digno de análisis esa animosidad hacia la minería a cielo abierto, denominada también “open pit”, como si esas grandes canteras producto de una explotación razonable captaran la visión y tentara a introducir proyectos de ley para prohibir la actividad, sin tener en cuenta por ejemplo, que las explotaciones de Tandil no dejan de ser ni más ni menos que canteras o minas a cielo abierto…

Por cuanto al caballito de batalla típico utilizado para enfrentar a la minería, el cianuro de sodio, es importante remarcar, según lo informado por Mark Logsdon, Karen Hegeltstein y Terry Mudder en su publicación The Management of Cyanide in Gold Extraction: “anualmente se utiliza más de 1 MT (80% de la producción total) en la producción de químicos orgánicos como el nitrilo, el nylon, y los plásticos acrílicos. Otras aplicaciones industriales incluyen la galvanoplastia, el procesamiento de metales, el endurecimiento del acero, las aplicaciones fotográficas y la producción de goma sintética. El cianuro se utiliza en productos farmacéuticos como el laetril, una sustancia para combatir el cáncer, y el nitroprusiato, una droga para reducir la presión arterial. Los compuestos de cianuro también se utilizan en vendas quirúrgicas que promueven la cicatrización y reducen las cicatrices. El 20% restante de la producción se utiliza para fabricar cianuro de sodio, una forma solida de cianuro cuya manipulación es relativamente fácil y segura. De este porcentaje, el 90%, es decir, el 18% de la producción total, se utiliza en minería en todo el mundo, mayormente para la recuperación de oro.” Sería muy importante informarse qué otros sectores industriales son los que consumen el restante 82% del cianuro de sodio producido anualmente.

Además, existe el “Código de Manejo del Cianuro”, creado bajo las Guías de la UNEP –Programa Medioambiental de las Naciones Unidas- donde se certifica tanto a productores de cianuro, como consumidores y transportistas que cumplan en forma responsable con la producción, manejo, uso, transporte de esta sustancia.

Es muy fácil prohibir una actividad digna, lícita, que está presente en nuestra vida cotidiana a través de telefonía móvil, computadores, artículos electrónicos, materiales de casas y edificios, y un largo etcétera.
De momento en que nunca se ha visitado y recorrido las distintas instalaciones que comprenden una mina a cielo abierto, es muy fácil prohibir.

Si se prohíbe esta actividad –la cual tiene una ley propia, y por lo tanto es la única que tiene un marco normativo especial-, muchas comunidades quedarán relegadas, como siempre lo estuvieron.
Si su futuro es cercenado por leyes sancionadas o proyectos de ley presentados que luego son aprobados ¿Quiénes serán los responsables de responder a sus inquietudes? Aquellos con visión a corto plazo serán los que deberán responder a la ciudadanía afectada.